La Unión Europea (UE) se ubica a sí misma en la vanguardia de las políticas de igualdad de género en el ámbito global. Esta autopercepción de liderazgo tiene un sesgo etnocéntrico muy evidente, aunque los datos comparados posicionan la mayor parte de los países miembros de este espacio geopolítico en cabeza de los rankings mundiales en diferentes indicadores de tipo económico, social o político.
Para evaluar hasta qué punto la igualdad de género es una prioridad de la UE, en este artículo se analizan las principales actuaciones en materia de igualdad de trato, acciones positivas y transversalidad de género. En esta evaluación se han tenido en cuenta diferentes informes elaborados por la Comisión de los Derechos de las Mujeres y la Igualdad de Género (FEMM) del Parlamento Europeo y por el Instituto Europeo para la Igualdad de Género (EIGE), la agencia de la UE dedicada a la promoción de las políticas de igualdad, casualmente ubicada a casi 1500 kilómetros de Bruselas.
Igualdad de trato
La legislación europea en materia de igualdad de género ha obligado a muchos Estados miembros a aprobar leyes contra la discriminación laboral, el acoso sexual o la violencia machista. Hoy en día se reconoce la igualdad de género como valor fundamental recogido en los tratados europeos. Sin embargo, hay que recordar que, a pesar de que el compromiso con la igualdad de género se incluyó en el tratado fundacional de 1957 (Tratado de Roma, artículo 119), en ese momento no era un valor en sí mismo sino que obedecía a la preocupación francesa que suponía la competencia con mercados donde la mano de obra era más barata. La prueba está en que la proclama de igual remuneración por igual trabajo aún no ha sido alcanzada en el caso de las mujeres, persistiendo una brecha salarial del 16% –una brecha que sube al 37% en el caso de las pensiones–.
El compromiso con la igualdad de oportunidades o de trato fue avanzando en los años setenta a través de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (casos planteados por mujeres) y de la movilización de los movimientos feministas de los estados miembros. Ningún avance en los derechos de las mujeres se ha producido ninguna parte sin la organización de las propias mujeres. En el caso de la Unión Europea, han sido clave los llamados “triángulos de terciopelo”, constelaciones de activistas, académicas, representantes políticas y funcionarias, todas ellas feministas, tanto a nivel europeo, estatal como subestatal.
Ningún avance en los derechos de las mujeres se ha producido sin la organización de las propias mujeres. En la UE han sido clave los llamados triángulos de terciopelo; activistas, académicas, representantes políticas y funcionarias
Posteriormente, la UE ha aprobado un conjunto de directivas sobre igualdad en el acceso al empleo, en las condiciones de trabajo y, en menor medida, en las medidas de protección social, así como del derecho a la no discriminación. Globalmente, ha habido más avance en políticas basadas en la prohibición de la discriminación por razón de sexo (directa o indirecta) que en políticas estratégicas que permitan atacar las causas estructurales de la desigualdad o que subvierten los roles de género tradicionales. Además, la UE no ejerció la diligencia debida con respecto a la aplicación del corpus normativo sobre igualdad de género en la integración de los estados de Europa Central y del Este. Por ejemplo, Malta accedió a la UE en 2004 pero el divorcio no fue regulado como derecho hasta el 2011. Aunque hay estados miembros que no reconocen el derecho al aborto en ninguna circunstancia (Malta; Irlanda hasta el año pasado) o que sólo lo hacen caso de violación o de riesgo grave para la vida de la madre (Chipre; Polonia). Casi en la mitad de los Estados miembros no es legal el matrimonio entre personas del mismo sexo.
En cuanto a la prevención y la actuación ante la violencia contra las mujeres, la UE aún no ha conseguido que siete de sus Estados miembros firmen el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres (2011) , conocido como Convenio de Estambul. De hecho, otras regiones del mundo como América Latina están más avanzadas en el reconocimiento de la violencia institucional contra las mujeres y de las medidas de reparación para las supervivientes. A pesar de que en la UE hay un déficit grave de datos sobre la prevalencia de las violencias machistas, no se han destinado fondos a la elaboración de la segunda ola de la macro encuesta que se hizo en el año 2014. Asimismo, el programa europeo Daphne destinado al combate contra estas violencias cuenta ahora con menos fondos y menos proyectos en curso que cuando se inició el año 1997. También hay que destacar que la violencia contra las mujeres no aparece en la lista europea de delitos susceptibles de activar una orden de extradición entre estados miembros.
De este modo, a pesar de que la UE ha promovido un cierto grado de convergencia en la legislación de los estados miembros, a diferencia de otras áreas de política, se ha profundizado más en la conceptualización de los derechos de las mujeres o del colectivo LGBTI que en su garantiment efectivo.
Acciones positivas
La perspectiva de la igualdad de trato o de la igualdad de oportunidades es insuficiente para garantizar la equidad, tal como muestra el Índice de Igualdad de Género elaborado por el Instituto Europeo para la Igualdad de Género. Las acciones positivas establecen medidas específicas y temporales para eliminar, prevenir o compensar la discriminación estructural que siguen sufriendo las mujeres con el objetivo de garantizar la igualdad sustantiva o igualdad de resultados.
Sin embargo, la UE sólo ha promovido medidas blandas de acción positiva, orientadas fundamentalmente a la formación profesional, por ejemplo, incentivando las vocaciones científicas en las mujeres (pero ninguna medida incentivando la vocación de cuidados en los hombres). Mientras que la Comisión Europea ha excusado en el principio de subsidiariedad (que sean los Estados miembros los que impulsen las medidas de acción positiva), simultáneamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hecho una interpretación muy restrictiva.
La acción positiva no ha llegado a la esfera de la representación política. La UE no tuvo ‘madres fundadoras’ y las principales instituciones han sido históricamente en manos de los hombres. En el Parlamento Europeo, desde las primeras elecciones con voto directo de la ciudadanía en 1979, han sido necesarios 40 años para alcanzar la paridad técnica, con un 41% de diputadas elegidas en las elecciones del 2019, y de las 25 personas que han presidido la institución sólo dos han sido mujeres. Esta es también la primera legislatura en la que la Comisión Europea tiene el mismo número de comisarios que de comisarias y está encabezada por primera vez por una presidenta (Ursula von der Leyen), pero desde la fundación de la UE las carteras de finanzas, economía , presupuesto y estabilidad financiera sólo han estado en manos de hombres.
La presencia de mujeres en las instituciones europeas se ha dejado en manos de los Estados miembros; sólo algunos aplican cuotas electorales de género
La presencia de mujeres en las instituciones europeas se ha dejado, pues, en manos de los Estados miembros; solamente algunos aplican cuotas electorales de género para limitar la sobrerrepresentación de los hombres. Esta actitud de laissez faire también se ha aplicado en el caso de la brecha de género en la composición de los consejos de administración de las empresas, con la propuesta de directiva presentada por el ex vicepresidenta de la Comisión Europea Viviane Reding cogiendo polvo en un cajón desde el año 2012. en definitiva, la UE no es un referente en medidas que impulsen la igualdad de resultados.
Transversalidad de género
La transversalidad de género fue asumida por la Unión Europea como un principio de actuación en el diseño, implementación y evaluación de las políticas en 1996 (COM (96) 67 final), con el objetivo de tener en cuenta las condiciones , situaciones y necesidades tanto de los hombres como de las mujeres. Los planes comunitarios de igualdad de oportunidades cuatrienales así lo han recogido.
Sin embargo, la respuesta de la UE a la crisis financiera iniciada a finales de los 2000s relegó la transversalidad de género en la cola de las prioridades. El Plan Europeo de Recuperación Económica no hacía ni siquiera mención al “género”, la “igualdad” o las “mujeres”, a pesar del impacto diferenciado que las reformas en el mercado de trabajo y en las pensiones o los recortes en el sector público tienen sobre las mujeres. La falta de perspectiva de género en las políticas fiscales y macroeconómicas y las de regulación del mercado de trabajo conlleva que los esfuerzos institucionales para aumentar el empleo de las mujeres se ven frustrados por los ajustes estructurales que desincentivan su participación o que la precarizan con más parcialidad y temporalidad. Al mismo tiempo, las políticas de equilibrio trabajo-vida que promueven la corresponsabilidad de los hombres y de las mujeres en la sostenibilidad de la vida o la regulación del sector de cuidados, en cambio, han brillado por su ausencia.
La respuesta de la UE a la crisis financiera relegó la transversalidad de género en la cola de las prioridades. Las políticas de equilibrio trabajo-vida o la regulación del sector de cuidados han brillado por su ausencia
La UE no definió ninguna estrategia en materia de igualdad de género para el período 2016-2020 y las herramientas de la transversalidad de género (indicadores de género, informes de impacto de género y presupuestación con perspectiva de género) están infrautilizadas en el diseño y la implementación de las políticas europeas. La mayor parte de los programas de la UE (como el European Programme for Employment and Social Innovation, EaSI; Fund for European Aid to the Most Deprived, FEAD; European Globalisation Adjustment Fund, EGF) no definen acciones concretas en materia de igualdad ni destinan un presupuesto específico. Por su parte, menos del 1% los Fondos Estructurales están dedicados a la igualdad de género, que se aborda como un tema y no como una dimensión transversal.
Así pues, tal y como ha denunciado reiteradamente el Parlamento Europeo, la perspectiva de género no ha arraigado en el trabajo de la Comisión Europea ni en el del Consejo Europeo y retrocede muy fácilmente en tiempos de recesión económica.
Conclusiones
El hecho de que la presencia de la igualdad de género como prioridad en la agenda de la UE dependa de su coincidencia con las prioridades económicas neoliberales desvirtúa totalmente el concepto. La desigualdad no conlleva (sólo) una pérdida de talento para el mercado laboral sino que se trata de una grave vulneración de los derechos humanos y una quiebra de la democracia. La transversalidad de género es también lejos de estar consolidada en las políticas europeas.
En la misma línea, la UE ha adoptado gradualmente una posición débil de defensa de los derechos de las mujeres en las conferencias internacionales, ya sean en materia de emergencia climática, paz y seguridad o igualdad de género. Tendremos la oportunidad de ver hasta qué punto la UE, ahora que cuenta por primera vez con una comisaria de Igualdad dentro de la Comisión Europea (Helena Dalli), apuesta por el feminismo en la próxima conferencia de Naciones Unidas Beijing +25. No soy nada optimista; difícilmente lo que no se hace en casa se defiende fuera de casa. Fijémonos, por ejemplo, en la ausencia dramática de perspectiva de género en la gestión de la crisis de refugiados, a pesar de que las mujeres se ven afectadas de manera diferente por la guerra o por las mafias que se aprovechan del sufrimiento de las personas que huyen. Asimismo, una “Europa fortaleza” no representa en absoluto valores feministas, como tampoco lo hace el silencio de las instituciones comunitarias ante las regresiones en los derechos de las mujeres y del colectivo LGBTI o ante la represión de la disidencia política en varios estados miembros. Así pues, mientras que la UE se considera a sí misma a la vanguardia de las políticas de igualdad de género, la realidad lo desmiente.

Tània Verge Mestre
Tània Verge Mestre es la consejera de Igualdad y Feminismos de la Generalitat de Catalunya. Es licenciada en Ciencia Política y de la Administración por la Universidad Pompeu Fabra, tiene un máster en Cooperación Internacional por la Universidad Carlos III de Madrid y es doctora en Ciencia Política por la Universidad Complutense de Madrid. Trabajó en el Centro de Estudios de Opinión de la Generalitat de Catalunya de 2007 a 2010, y ha sido miembro de su Consejo Rector de 2018 a 2021. Es catedrática de Ciencia Política en la Universidad Pompeu Fabra, donde ha sido la responsable de las políticas de igualdad en el período 2014-2021. Su investigación se ha centrado en cómo el género atraviesa los partidos políticos y los parlamentos, y en la adopción y la implementación de las políticas de igualdad. Ha asesorado varias instituciones y organizaciones nacionales e internacionales en materia de políticas de igualdad, incluyendo el Parlament de Catalunya, el Síndic de Greuges de Catalunya, la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Catalunyaa (AQU), el Instituto Europeo para la Igualdad de Género y el Consejo de Europa. Fue miembro de la Sindicatura Electoral del referéndum del 1 de octubre. Es activista en varias entidades y colectivos del movimiento feminista en Catalunya, entre las que destacan Ca la Dona y #OnSónLesDones. Es autora de numerosos artículos como "Political party gender action plans: Pushing gender change forward beyond quotas" (2020) o "Gender, power and privilege in the parliamentary workplace" (2020).