Numerosos países africanos han intentado desde hace varios siglos elaborar un derecho moderno más igualitario que las normas heredadas del período colonial, pero continúan existiendo principios discriminatorios en varias legislaciones nacionales, lo que nos lleva a centrar nuestra reflexión en torno a dos ejes (a dos niveles).

En primer lugar, en África, por norma general, las mujeres casadas están siempre sometidas a la autoridad de sus esposos, elevado al rango de jefe de familia según los textos y leyes que rigen las relaciones personales. Sin embargo, la mayoría de los nuevos textos africanos se centran en la capacidad de la mujer para ejercer una profesión independiente de la de su esposo, del mismo modo que para realizar actos jurídicos. No obstante, estos derechos están limitados por ciertas disposiciones ambiguas [1]1 — FALL Alioune Badara, La Charte africaine des droits de l’homme et des peuples: entre universalisme et régionalisme, Pouvoirs 2009/2, páginas 77, 100. .

La mayoría de los legisladores africanos han optado en efecto por una restricción «suave» de la libertad de la mujer casada [2]2 — LEGARE Jocelyne, La condition juridique des femmes ou l’historique d’une «affaire de famille». . De hecho, la mujer casada puede trabajar sin el permiso de su esposo, pero éste puede oponerse si el interés de la familia se pone en peligro. Por ejemplo, en Camerún, la mujer puede desde 1981 ejercer una profesión sin la autorización previa de su esposo. Pero este último tiene el derecho de oponerse a ello si su salario no es superior a los gastos ocasionados por su ausencia del hogar… En Nigeria, la constitución dispone que el Estado debe asegurar a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna, el acceso a «medios suficientes de subsistencia» y «garantizarles un empleo digno» [3]3 — Sinopsis analítica de la 395a sesión, segundo y tercer informes periódicos sobre Nigeria (CEDAW/C/NGA/23,CEDAW/C/1998/II/CRP.1.). . No obstante, tradicionalmente, estas nociones no incluyen el mismo objeto según si se aplica a hombres o a mujeres. En Costa de Marfil, sin embargo «moderna», la libertad de gestión de los bienes no se le reconoce a la mujer de forma generalizada [4]4 — VLÉÏ-YOROBA Chantal, Droit de la famille et réalités familiales: le cas de la Côte d’Ivoire depuis l’indépendance, Open Edition Journal. . Solo las mujeres comerciantes tienen el derecho de administrar los bienes adquiridos en el ejercicio de su profesión. Pero si ellas ejercen una profesión no comercial, la ley solo les reconoce este poder por orden judicial, y si el esposo no cumple con sus obligaciones familiares [5]5 — BOUKARI, S GOMA, Droits des femmes en Afrique: des discriminations légales persistent in dossier: Éducation à la non violence active, aux droits humains et à la paix. Marzo de 2015. .

Muchos países africanos tienen un doble sistema jurídico: un marco normativo tradicional convive con marcos jurídicos modernos

Es por ello por lo que numerosos países africanos tienen un doble sistema jurídico [6]6 — Los sistemas de Common Law en África subsahariana: consideramos los casos de Ghana, Nigeria, Kenia, Tanzania y Sudáfrica. : un marco normativo tradicional convive a menudo con marcos jurídicos modernos, particularmente a nivel comunitario, lo que hace más difícil el cambio de comportamiento por las reformas jurídicas [7]7 — GAUDUSSON Jean de Bois, La justice en Afrique: nouveaux défis, nouveaux acteurs Introduction thématique, Afrique Contemporaine 2014/2 (núm. 250), páginas 13 – 28. .

Convenciones y protocolos internacionales a favor de los derechos de las mujeres

En África, se han llevado a cabo verdaderos esfuerzos en lo que respecta a los derechos de la mujer. De hecho, la gran mayoría de los países del África Occidental han ratificado firmemente la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), así como el Protocolo de Maputo de 2003 sobre los derechos de la mujer, apoyado en la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos [8]8 — MAIGA Soyata, relatora especial sobre los derechos de las mujeres en África, Le renforcement de la coopération dans la promotion et la protection des droits économiques, sociaux et culturels des femmes. .

Al igual que los instrumentos internacionales, el continente africano a través de la Organización de la Unidad Africana (OUA), que pasó a ser la Unión Africana (UA), ha aprobado textos jurídicos relativos a los derechos de la mujer. Se trata principalmente del protocolo adicional a la Carta Africana de los Derechos humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer (Protocolo de Maputo) anteriormente mencionado, de la declaración solemne de los jefes de Estado y de Gobierno sobre la igualdad de género en África [9]9 — Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, Declaración Solemne sobre la Igualdad de Género en África (SDGEA). .

El Protocolo de Maputo fue adoptado por la Unión Africana (UA) en la segunda cumbre celebrada el 11 de julio de 2003 en Maputo, Mozambique. Entró en vigor el 25 de noviembre de 2005 tras haber sido ratificado por los 15 Estados miembros de la UA. De los 53 Estados miembros de la UA, 49 firmaron el protocolo y 31 de ellos lo ratificaron [10]10 — Federación Internacional de Derechos Humanos. Derechos de las mujeres en África: 18 países todavía no han ratificado el Protocolo de Maputo. . Es un instrumento jurídico crucial para los derechos de la mujer que amplia y refuerza los derechos enunciados en otros instrumentos relativos a los derechos humanos. El Protocolo garantiza un amplio conjunto de derechos económicos y de bienestar social para la mujer. Y, sobre todo, ha sido elaborado por los africanos y pensado teniendo en cuenta las preocupaciones de las mujeres africanas.

Este nuevo texto viene a completar la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, el cual no ha tenido debidamente en cuenta la cuestión de la mujer. La carta se centra en las tradiciones y culturas africanas que, en algún lugar, pudiese tener efectos negativos sobre la implantación de los derechos de la mujer.

Este instrumento trata algunas cuestiones que no son abordadas de manera eficaz en otros instrumentos, pero que revisten una especial relevancia para las mujeres africanas, los cuales son, entre otros, el VIH/Sida, el patrimonio de las viudas y la desposesión de sus bienes, el derecho reproductivo de las mujeres a un aborto medicalizado, cuando el embarazo es el resultado de una violación o de un incesto, o cuando la continuación del embarazo pone en riesgo la salud o la vida de la madre. El Protocolo a la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos (PCADHP) tiene la ventaja de definir los conceptos clave como la discriminación, la mujer, las prácticas nocivas, etc [11]11 — Debout congolaise, Protocole de Maputo, changer la situation de marginalisation et d’infériorisation des femmes. .

Siempre en el interés por una mejor integración de los derechos de la mujer en África, los jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros de la Unión Africana, aprobaron en julio de 2004 en Adís Abeba la Declaración Solemne sobre la Igualdad entre Hombres y Mujeres en África [12]12 — El texto íntegro de la Declaración está disponible en línea. . Ésta hace referencia a todos los instrumentos jurídicos pertinentes relativos a los derechos de la mujer, y viene a reforzar el marco jurídico existente en África [13]13 — Protocolo en la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos en relación con los Derechos de las Mujeres. .

En esta declaración con relevancia histórica, los jefes de Estado y de Gobierno, miembros de la Unión Africana, reafirman su voluntad respecto a la integración de la mujer al más alto nivel, haciendo así prioritarias cuestiones tales como el reclutamiento de los niños soldados y la implantación de medidas económicas, sociales y legales específicas a las mujeres.

Por otro lado, la Declaración exige la aplicación sin falta de la igualdad entre hombres y mujeres en los órganos de decisión de la Unión Africana, y la ratificación a nivel nacional del Protocolo a la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos en los derechos de la mujer en África, así como la protección de las mujeres contra la violencia y la discriminación [14]14 — DOUNGUE Jeugue Marthial, Discriminations à l’égard des femmes et développement durable à la lumière du Protocole de Maputo relatif aux droits de la femme en Afrique. .

La gran mayoría de países en África Occidental han ratificado la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, así como el Protocolo de Maputo sobre los derechos de la mujer. Sin embargo, las desigualdades de género siguen existiendo en todos los ámbitos

Las desigualdades de género siguen existiendo en todos los ámbitos: económico, social y político. De hecho, las mujeres y las niñas encuentran dificultades para acceder a los derechos legales, a la educación, a la sanidad y a los recursos económicos… A pesar de los esfuerzos realizados por los Estados Africanos para mejorar su situación, numerosas restricciones técnicas, socioculturales y económicas específicas explican esta situación. Se han introducido mejoras en los programas de integración de género en las políticas públicas a nivel regional y nacional [15]15 — IGAD, Regional Strategy and Action Plan for Mainstreaming Gender in Disaster Risk Management and Climate Change Adaptation, Cowater International, 31 de mayo de 2020. . A pesar de estos esfuerzos, la implantación está lejos de corresponder a los compromisos asumidos.

Posteriormente, algunos Estados, entre ellos Senegal, hacen referencia al conjunto de instrumentos jurídicos de protección en su ámbito constitucional, pasando a ser un elemento del ordenamiento jurídico interno.

El caso de Senegal

En Senegal, el Censo General de Población y Vivienda, de Agricultura y Ganadería (Rgphae, por sus siglas en francés) ha notado una casi igualdad entre el número total de hombres y el de mujeres. Las mujeres representan el 51,1% de la población. Éstas constituyen el 53,0% contra el 49,7% en la población electoral [16]16 — Agencia Nacional de Estadística de Senegal. .

Hay que reconocer la ausencia de un estatus único y uniforme de la mujer en la sociedad senegalesa. Por ello, el estatus de la mujer es diferente según las etnias y las zonas geográficas. El estatus viene también determinado por el sistema social según se encuentra en un modelo: matrilineal o patrilineal [17]17 — PAMBE WAYACK Madeleine, SAWADOGO Natahalie, Dépasser le patriarcat pour mieux définir les féminismes africains, Travail, Genre et Sociétés 2017/2, núm. 38, páginas 187, 192. . El matriarcado es un sistema social donde las mujeres tienen el poder a través de las instituciones: políticas (los órganos de decisión son controlados por las mujeres), sociales (las mujeres dirigen la familia a través del linaje materno), y económicas (las actividades generadoras de ingresos son controladas por las mujeres), mientras que el patriarcado se remite a la gestión del poder por los hombres.

Senegal ha evolucionado lentamente en el plano económico entre 2008 y 2015. Según el PSE, la pobreza, las desigualdades sociales y las disparidades territoriales siguen siendo preocupantes. De hecho, Senegal forma parte de los 34 Países africanos Menos Avanzados (PMA) de los 48 del mundo, con un índice de desarrollo humano muy bajo, un nivel bajo de ingresos, un crecimiento demográfico considerable y dificultades para alcanzar objetivos de desarrollo del milenio (OMD). A estos problemas se suman: una economía aún frágil y muy vulnerable a los choques y crisis tanto internas como externas, múltiples desafíos en materia de producción, de desarrollo de infraestructuras y de gobernanza continúan existiendo.

En el plano jurídico y normativo, diferentes disposiciones conceden un lugar destacado a la mujer senegalesa y vienen a reforzar su estatus jurídico. Es el caso de la constitución del 22 de enero de 2001, la cual reconoce la igualdad de género afirmándolo en su preámbulo y en su conjunto a través de numerosos artículos.

Senegal dispone de un marco jurídico y normativo favorable a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, mediante la ratificación de numerosos instrumentos internacionales y regionales:

  • La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.
  • La Convención sobre los Derechos del Niño, Carta Africana de los Derechos y Bienestar del Niño.
  • El Protocolo a la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África (Protocolo de Maputo).
  • El Acta Adicional relativa a la igualdad de derechos entre hombres y mujeres para el desarrollo sostenible en el marco de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental.
  • La Visión 2020 de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental..
  • La Declaración Solemne a favor de la igualdad entre hombres y mujeres en los órganos de decisión y al nivel de los cargos electos.
  • La Agenda 2063 de la Unión Africana.
  • Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).


Ratificando la mayoría de convenios y tratados internacionales con el fin de respetar los principios que rigen un Estado de derecho, el Estado de Senegal ha reiterado, desde el preámbulo de su Constitución, reafirmándolo en su artículo 98, la importancia concedida a los convenios y tratados internacionales que rigen las relaciones internacionales, las cuales actúan sobre tres fundamentos: el respeto del principio de reciprocidad, el respeto de la seguridad y el principio del respeto de los derechos humanos. Sin embargo, cabe señalar que la importancia de los convenios reside en su armonización con el marco legislativo existente para una aplicación efectiva, de ahí el interés de su ratificación. En lo que respecta a la armonización, se observa un verdadero compromiso del Estado, el cual se refleja en la ratificación de la mayoría de los convenios y tratados internacionales cuya aplicación tardará en ser efectiva [18]18 — GASPARD Françoise, Les «droits de la femme»: construction d’un enjeu en relations internationales, publicado en Revue Internationale et Stratégique 2002/3 (núm. 47), páginas 46 – 52. .

Senegal reafirma su compromiso en las convenciones internacionales, y sobre todo en la igualdad de mujeres y hombres en sus artículos 7, 8, 19 y 22. Estos últimos hacen referencia principalmente a la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDEF, por sus siglas en francés) y al Protocolo a la Carta Africana relativa a los Derechos Humanos, conocido comúnmente como Protocolo de Maputo. De hecho, abordan sucesivamente la igualdad de sexos, la prohibición de las mutilaciones genitales femeninas, la prohibición del matrimonio precoz, y prevén el derecho de las mujeres a las tierras, a la vez que se solicita la promoción de la escolarización de las niñas.

La falta de efectividad en la aplicación de los protocolos y convenciones internacionales sobre la igualdad de género se explica por el desconocimiento de las leyes armonizadas; de ahí la necesidad de desarrollar una política de divulgación y concienciación, acompañada de acciones de formación

Del mismo modo, la voluntad política se refleja en la armonización del marco legislativo para cumplir con los convenios y tratados internacionales ratificados por Senegal. De esta forma, en 1999, se aprobó la ley de la violencia como respuesta a las preocupaciones internacionales sobre la violencia contra la mujer, y sobre la lucha contra las múltiples discriminaciones de las que las mujeres son víctimas [19]19 — Women in Law and Development in Africa: Sénégal (2013). Disponible en línea. . En 2005, la ley de salud reproductiva aprobada ha permitido a las mujeres tener un control sobre su fecundidad cumpliendo así con las directrices del Protocolo de Maputo [20]20 — DIALLO Joséphine, La politique de planification familiale au Sénégal: approche sanitaire et conflits de norme, publicado en Autrepart 2014/2 (núm. 70), páginas 41, 55. . Lo mismo sucede, en 2008, con las disposiciones legislativas que promueven el acceso de la mujer a los cuerpos militares, de la gendarmería y de la policía, con la ley de igualdad aprobada en 2010, cuyos primeros efectos positivos a favor de la mujer [21]21 — Asociación de Juristas Senegalesas, Combat pour la parité, Actas de las jornadas para la elaboración de un proyecto de ley de paridad, AECID 2011. fueron una tasa de representación del 43 % en la Asamblea Nacional jamás registrada en una legislatura, y una acentuada tendencia hacia el 50 % de mujeres del total de las autoridades locales en las regiones de Senegal [22]22 — Fatou Sarr, socióloga feminista. Parcours de la loi sur la parité au Sénégal, Entrevista realizada por Farinaz Fassa y Rocca Marta Escoda, Nouvelles Questions Féministes, 2016/2, páginas 96 , 107. .

A esta legislación se añade la ley de nacionalidad, aprobada en 2013, la cual ha permitido a un buen número de cónyuges descubrir el impacto positivo de la lucha llevada a cabo por hombres y mujeres militantes para la eliminación de la discriminación por razón de sexo en los textos jurídicos. De hecho, desde la entrada en vigor de la reforma del código de nacionalidad en julio de 2013, cada vez han pasado a ser más los hombres que han adquirido la nacionalidad senegalesa mediante el matrimonio. Antes de la aprobación de la ley de nacionalidad, las mujeres de otra nacionalidad casadas con hombres senegaleses se beneficiaban de la nacionalidad senegalesa, mientras que los hombres extranjeros casados con senegalesas no podían beneficiarse de ello.

Finalmente, la aprobación de la ley 2020 – 05 del 10 de enero de 2020 criminalizando la violación y la pedofilia, establece también un endurecimiento de las penas y circunstancias agravantes del acoso sexual y de la agresión sexual, constituye un gran avance en materia de lucha contra la violencia de género. La criminalización de la violación era una petición de las asociaciones de defensa de los derechos de la mujer como consecuencia de una serie de agresiones sexuales registradas. Hasta la fecha, la violación en Senegal era considerada un delito menor, castigado con una pena de cinco a diez años de prisión. De ahora en adelante, con la ley votada en la Asamblea Nacional, los autores de estos delitos pueden cargar con una pena de cadena perpetua.

Todas estas leyes votadas abordan la preocupación de las convenciones internacionales como la CEDEF y el Protocolo de Maputo, pero, sus aplicaciones ya iniciadas, no son todavía efectivas. La falta de efectividad de la aplicación se explica, generalmente, por desconocimiento de las leyes armonizadas; de ahí la necesidad de desarrollar una verdadera política de divulgación y de concienciación, acompañada de acciones de formación para asegurar su mayor difusión tanto de los agentes jurídicos como de la población y de la organización de defensa de los derechos de la mujer, y aquellas que actúan para la efectividad de un Estado de derecho sin discriminación por razón de sexo.

Examinando el marco administrativo y político, se observa la existencia de un marco de referencia de las políticas públicas con perspectiva de género, como, por ejemplo, el Plan Senegal Emergente (PSE), los ejes del Plan de acciones prioritarias (2019-2023), los cuales integran el género para una participación inclusiva, equitativa e igualitaria de los agentes en el proceso de desarrollo [23]23 — Asociación de Juristas Senegalesas. Leadership des femmes au Sénégal, Konrad Adenauer Stiftung, Dakar 2020. . Este marco viene a reforzar la Estrategia Nacional para la Equidad y la Igualdad de Género II (SNEEG 2016-2026), la cual está vinculada al Plan Senegal Emergente (PSE) [24]24 — LuxDev, Agencia de Cooperación para el Desarrollo de Luxemburgo, L’égalité de genre au Sénégal. .

Desde hace años, los movimientos en defensa de los derechos de las mujeres luchan contra las desigualdades de género

Por otro lado, desde hace varios años, los movimientos en defensa de los derechos de las mujeres luchan con empeño contra las desigualdades de género haciendo campaña para que las leyes discriminatorias contra la mujer cambien [25]25 — Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Combating discrimination against women, Human Rights Day 2009. .

El rol de la Asociación de Juristas Senegalesas

Es en este ámbito que la Asociación de Juristas Senegalesas (AJS), creada en 1974, y formada por mujeres voluntarias y con carreras jurídicas, tiene como objetivo contribuir a la promoción y a la protección de los derechos humanos en general, y de los de las mujeres y los niños en particular [26]26 — Asociación de Juristas Senegalesas, Livret sur les droits de l’enfant, Save a children, República Federal de Alemania, Ministerio de Asuntos Exteriores. . La Asociación de Juristas Senegalesas (AJS) se compromete principalmente a la promoción y a la divulgación del derecho, a la lucha contra la violencia de género, a la asistencia jurídica y judicial realizada en sus centros de asesoría jurídica, a la asesoría y la formación de la población, a la lucha contra toda forma de discriminación y la promoción de relaciones de género igualitarias [27]27 — Asociación de Juristas Senegalesas. OSIWA, Livret sur les violences physiques et sexuelles et les sanctions prévues par les lois. . Esta Asociación es hoy líder en la defensa para la armonización de la legislación nacional con los instrumentos internacionales y regionales de promoción y de protección de los derechos de la mujer, debidamente firmados y ratificados por Senegal [28]28 — Asociación de Juristas Senegalesas. Étude sur l’harmonisation du droit Interne sénégalais, Konrad Adenauer Stiftung, Dakar 2020. .

La AJS ha elaborado destacados programas, los cuales han permitido a un buen número de mujeres y de ciudadanos hombres acceder también a la información sobre los derechos en general y a los de la mujer en particular. Para ello, la AJS ha tenido que realizar la traducción en lenguas nacionales, wolof, puular y mandinga de algunos convenios internacionales, también, gracias al proyecto Cinémaréna, ha recorrido Senegal con temas de concienciación conforme a los convenios internacionales como la permanencia de las niñas en las escuelas, las mutilaciones genitales, los matrimonios precoces; y este proyecto ha permitido, por otro lado, la puesta en marcha del número de teléfono gratuito de la AJS para las víctimas de violencia de género, cuyo objetivo es el de ofrecer consultas jurídicas gratuitas en línea.

Por otro lado, la AJS ha establecido centros de atención y de orientación, conocidos como centros de asesoría jurídica, una iniciativa muy bien acogida para una cercanía de la justicia, concienciando y ayudando a los acusados para solucionar los problemas antes de la remisión al Tribunal, y asociándose con los importantes medios de comunicación para concienciar sobre las convenciones internacionales como el Protocolo de Maputo, que es también el objetivo de asociación con religiosos.

La Asociación de Juristas Senegalesas (AJS), creada en 1974, tiene por objetivo contribuir a la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres y los niños. Esta organización se dedica a la lucha contra la violencia de género, la asesoría y la formación y la promoción de relaciones de género igualitarias

Además de esta necesaria concienciación, la formación de determinados agentes, la cual forma parte completamente de esta política de armonización, y responde a la falta de eficacia de estas leyes, se impone debido a la importancia de la armonización. Gracias al apoyo de estos socios como la Agencia Catalana de Cooperación para el Desarrollo (ACCD), la AJS ha tenido que organizar sesiones de formación de actualización con los magistrados, jueces y abogados sobre la violencia de género (VBG, por sus siglas en francés), las cuales se han realizado también en beneficio de los gendarmes y policías para garantizar una mejor atención de las víctimas de violencia, también sesiones de formación de actualización con el cuerpo médico y con los representantes sindicales respecto al Protocolo de Maputo, y finalmente formaciones para juristas, que son enlaces comunitarios que asisten a la población en sus preocupaciones habituales relacionadas con el derecho. Las formaciones realizadas están incluidas, generalmente, en el marco de acciones que tienen como objetivo la efectividad de las leyes armonizadas, las cuales, hay que reconocer, que están en fase evolutiva.

  • Referencias

    1 —

    FALL Alioune Badara, La Charte africaine des droits de l’homme et des peuples: entre universalisme et régionalisme, Pouvoirs 2009/2, páginas 77, 100.

    2 —

    LEGARE Jocelyne, La condition juridique des femmes ou l’historique d’une «affaire de famille».

    3 —

    Sinopsis analítica de la 395a sesión, segundo y tercer informes periódicos sobre Nigeria (CEDAW/C/NGA/23,CEDAW/C/1998/II/CRP.1.).

    4 —

    VLÉÏ-YOROBA Chantal, Droit de la famille et réalités familiales: le cas de la Côte d’Ivoire depuis l’indépendance, Open Edition Journal.

    5 —

    BOUKARI, S GOMA, Droits des femmes en Afrique: des discriminations légales persistent in dossier: Éducation à la non violence active, aux droits humains et à la paix. Marzo de 2015.

    6 —

    Los sistemas de Common Law en África subsahariana: consideramos los casos de Ghana, Nigeria, Kenia, Tanzania y Sudáfrica.

    7 —

    GAUDUSSON Jean de Bois, La justice en Afrique: nouveaux défis, nouveaux acteurs Introduction thématique, Afrique Contemporaine 2014/2 (núm. 250), páginas 13 – 28.

    8 —

    MAIGA Soyata, relatora especial sobre los derechos de las mujeres en África, Le renforcement de la coopération dans la promotion et la protection des droits économiques, sociaux et culturels des femmes.

    9 —

    Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, Declaración Solemne sobre la Igualdad de Género en África (SDGEA).

    10 —

    Federación Internacional de Derechos Humanos. Derechos de las mujeres en África: 18 países todavía no han ratificado el Protocolo de Maputo.

    11 —

    Debout congolaise, Protocole de Maputo, changer la situation de marginalisation et d’infériorisation des femmes.

    12 —

    El texto íntegro de la Declaración está disponible en línea.

    13 —

    Protocolo en la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos en relación con los Derechos de las Mujeres.

    14 —

    DOUNGUE Jeugue Marthial, Discriminations à l’égard des femmes et développement durable à la lumière du Protocole de Maputo relatif aux droits de la femme en Afrique.

    15 —

    IGAD, Regional Strategy and Action Plan for Mainstreaming Gender in Disaster Risk Management and Climate Change Adaptation, Cowater International, 31 de mayo de 2020.

    16 —

    Agencia Nacional de Estadística de Senegal.

    17 —

    PAMBE WAYACK Madeleine, SAWADOGO Natahalie, Dépasser le patriarcat pour mieux définir les féminismes africains, Travail, Genre et Sociétés 2017/2, núm. 38, páginas 187, 192.

    18 —

    GASPARD Françoise, Les «droits de la femme»: construction d’un enjeu en relations internationales, publicado en Revue Internationale et Stratégique 2002/3 (núm. 47), páginas 46 – 52.

    19 —

    Women in Law and Development in Africa: Sénégal (2013). Disponible en línea.

    20 —

    DIALLO Joséphine, La politique de planification familiale au Sénégal: approche sanitaire et conflits de norme, publicado en Autrepart 2014/2 (núm. 70), páginas 41, 55.

    21 —

    Asociación de Juristas Senegalesas, Combat pour la parité, Actas de las jornadas para la elaboración de un proyecto de ley de paridad, AECID 2011.

    22 —

    Fatou Sarr, socióloga feminista. Parcours de la loi sur la parité au Sénégal, Entrevista realizada por Farinaz Fassa y Rocca Marta Escoda, Nouvelles Questions Féministes, 2016/2, páginas 96 , 107.

    23 —

    Asociación de Juristas Senegalesas. Leadership des femmes au Sénégal, Konrad Adenauer Stiftung, Dakar 2020.

    24 —

    LuxDev, Agencia de Cooperación para el Desarrollo de Luxemburgo, L’égalité de genre au Sénégal.

    25 —

    Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Combating discrimination against women, Human Rights Day 2009.

    26 —

    Asociación de Juristas Senegalesas, Livret sur les droits de l’enfant, Save a children, República Federal de Alemania, Ministerio de Asuntos Exteriores.

    27 —

    Asociación de Juristas Senegalesas. OSIWA, Livret sur les violences physiques et sexuelles et les sanctions prévues par les lois.

    28 —

    Asociación de Juristas Senegalesas. Étude sur l’harmonisation du droit Interne sénégalais, Konrad Adenauer Stiftung, Dakar 2020.

Ramata Oumar Sall

Ramata Oumar Sall

Ramata Oumar Sall es abogada y activista por los derechos de las mujeres en Senegal. Actualmente es directora ejecutiva de innovación, investigación y acción e integrante de la Asociación de Juristas Senegalesas (Associations des Femmes Juristes Sénégalaises, AJS). Tras formarse en el ámbito de los derechos humanos y la acción humanitaria, su compromiso le llevó a incorporarse a la Asociación de Juristas Senegalesas y más tarde, en 2017, asumió la función de coordinadora de la Boutique de Droits de Kolda, un centro de asesoramiento y asistencia jurídica en beneficio de las poblaciones más pobres que se encuentra en las ciudades más importantes de Senegal. Bajo su coordinación, este centro se ha convertido en una institución esencial en la región de Fouladou.