Las democracias están bastante
paralizadas con la excusa de la
nacionalidad. No hay una manera más
eficaz de atacarlas que admitir el derecho
de la mayoría a gobernar, pero negando
que la mayoría que tiene este derecho sea
la mayoría concreta que lo reclama
William Sumner Maine [1]1 — Maine, H. S. (1982) [1897], Popular Government, Indianapolis, Liberty Fund, p. 88.
En 2017 la mayoría de los votantes en Catalunya votó de manera aplastante por la independencia en lo que sus partidarios denominaban referéndum, pero que los opositores calificaron de acto ilegal e inconstitucional. Las cifras eran impresionantes. Más del 92% votó a favor de la independencia y poco más del siete por ciento votó no a la propuesta: “¿Queréis que Catalunya sea un estado independiente en forma de república? [2]2 — Guidi, M., & Casula, M. (2019), “The Europeanization of the Catalan debate”, en Closa, Carlos, Costanza Margiotta y Giuseppe Martinico (eds.), Between Democracy and Law: The Amorality of Secession, Routledge, p. 173-192, p. 183. .
A primera vista, este resultado recordaba al referéndum de 1944 en Islandia y la votación en Noruega en 1905, cuando mayorías similares votaron para independizarse de Dinamarca y Suecia, respectivamente. Con una excepción. La participación en estos referéndums fue considerablemente superior, puesto que tanto en Islandia como Noruega fue de más del 90%, mientras que en Catalunya, en cambio, solo fue del 43% [3]3 — Ibídem. .
El objetivo de este artículo no es explicar en detalle la votación catalana; otros están mucho más capacitados para hacerlo. Mi intención es más bien analizar este voto desde una perspectiva comparada a la luz de tendencias más generales que se han producido en referéndums similares. El artículo señalará contrastes y similitudes con los más de sesenta referéndums de independencia que se han celebrado en los últimos 160 años.
Una breve historia de los referéndums de independencia en todo el mundo
Los referéndums de independencia tienen una larga historia. En muchos aspectos, fueron los primeros referéndums. Ya en el siglo xiv, se celebraron votaciones en lo que hoy es Francia para librarse del dominio del Sacro Imperio Romano germánico. Así, en 1307, Lyonnais votó por la independencia en lo que podríamos llamar el primer referéndum [4]4 — Mattern, Johannes (1921), The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, Baltimore: Universitat Johns Hopkins, p. 37. .
En circunstancias similares, los ciudadanos varones que poseían propiedades inmobiliarias en la Borgoña celebraron en 1527 una votación para anular el tratado de Madrid, según el cual el territorio se cedería a España. La votación fue una jugada maestra del rey francés Francisco I que, después de leer Erasmo de Róterdam, pensó que podría revocar el acuerdo que había firmado cuando se encontraba en una posición más débil [5]5 — Wambaugh, Sarah (1919), The Doctrine of Self-Determination: A Study of the Theory and Practice of Plebiscites, vol. I, Oxford: Oxford University Press, p. xxiii. .
Mientras los teóricos políticos, desde John Locke hasta Hugo de Groot, en principio eran partidarios de dejar que la gente decidiera si querían ser gobernados por un rey u otro [6]6 — Qvortrup, Matt (2015), “A Brief History of Self-Determination Referendums Before 1920”, Ethnopolitics, vol. 14.5, p. 547-554, p. 549. , no fue hasta el siglo xviii que esta forma de consulta empezó a asemejarse a lo que hoy consideraríamos un método democrático de votación.
La democracia moderna hizo un gran salto adelante con la revolución americana. Todos los hombres libres tenían derecho a votar y se reconoció que el derecho a gobernar no tenía que estar limitado a un pequeño grupo de élite. Quizás no es extraño que esto impactara en la democracia directa.
El primer referéndum en América se celebró en 1788 en Rhode Island, cuando se consultó a los votantes sobre sí querían renunciar a su independencia y unirse a los Estados Unidos, entonces acabados de fundar. Lo que sucedió es que votaron no, pero, en lo que algunos considerarán un interesante paralelismo, finalmente fueron obligados a unirse a la federación [7]7 — Véase Herndon, Ruth Wallis y John E. Murray (2018), “An Economic Interpretation of Rhode Island’s 1788 Referendum on the Constitution”, wn Hall, Joshua, and Marcus Witcher, eds. Public Choice Analyses of American Economic History, vol. 1. Berlin: Springer, p. 117-135. .
Estos primeros referéndums continuaron en Francia, aunque con un compromiso ideológico más claro con la soberanía del pueblo tal como fue desarrollado originalmente por Rousseau.
La Revolución Francesa proclamó que “el principio fundamental de todo gobierno era la soberanía popular” [8]8 — Mattern, The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, p. 24. . Incluso Napoleón era un partidario entusiasta de los referéndums (estrictamente controlados), aunque estos no eran libres ni justos. Aun así, el referéndum como medio para determinar la soberanía cayó en desuso después de Waterloo y solo se empezó utilizar de nuevo en los años posteriores a 1848, cuando se llevaron a cabo varias votaciones en Italia y Francia. Por ejemplo, Niza votó unirse a Francia en un referéndum de soberanía, y el proceso de reunificación italiana se decidió con votos populares, a pesar de que a veces era difícil determinar si las votaciones eran justas.
Los primeros referéndums de independencia se celebraron en los Estados Confederados de América a principios de la década de 1860. En esta etapa, el referéndum ya era un instrumento muy arraigado en la vida política de los Estados Unidos
Los primeros referéndums sobre la independencia se celebraron en los Estados Confederados de América a principios de la década de 1860. En esta etapa, el referéndum ya era un instrumento muy arraigado en la vida política de los Estados Unidos. A mediados de la década de 1850 se había convertido en un hecho habitual consultar a los ciudadanos sobre cuestiones con importancia constitucional. Era natural, por lo tanto, que en 1860 Texas, Virginia y Tennessee consultaran a los votantes si se tenían que separar de la Unión. Lo más interesante quizás es que el apoyo a la secesión no fue unánime. En Tennessee, por ejemplo, 104.019 personas votaron a favor de la secesión, mientras que 47.238 votaron en contra, y en Texas las cifras fueron de 34.794 a favor y 11.235 en contra. No tenemos datos de Virginia. No se trataba tampoco de un apoyos de grandes proporciones y tal vez este apoyo menos unánime puede sugerir que los votantes del Sur no apoyaban a la opción más radical, preferida por las élites confederadas [9]9 — Mattern, The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, p. 118. .
Después de la Guerra Civil Norteamericana, los referéndums sobre la independencia cayeron casi en el olvido. Es cierto que hubo debates sobre los plebiscitos para resolver la disputa fronteriza entre Dinamarca y Alemania, pero quedaron en nada.
Pasaron 45 años antes de que se celebrara el siguiente referéndum de independencia. En este caso, en 1905 una votación en referéndum sobre si Noruega tenía que separarse de Suecia (más del 99% apoyó la propuesta). El referéndum fue una idea del primer ministro noruego, Christian Michelsen, que con la convocatoria del referéndum dejó en evidencia la élite unionista sueca sorprendida después de que el rey sueco se hubiera negado a nombrar un gobierno que tuviera mayoría en el Stortinget (el parlamento noruego) [10]10 — Skagestad, OG (2005). Folkeavstemningen 12.-13. novembre 1905: Myter og konsekvenser. Norsk Statsvitenskapeäg Tidsskriß, (3), 274-282. .
Pero, a pesar de que se dio mucho apoyo al principio de autodeterminación de los pueblos a raíz de la Primera Guerra Mundial, sobre todo por parte del presidente de los Estados Unidos Woodrow Wilson, que había hecho campaña para celebrar más referéndums en América mientras era gobernador de New Jersey [11]11 — Stid, DD (1994). “Woodrow Wilson & the Problem of Party Government”, Polity, 26 (4), 553-578. , no se celebraron referéndums de independencia en los países recientemente creados (por ejemplo, Checoslovaquia o Yugoslavia) ni sobre la secesión en estados ya existentes (por ejemplo, Hungría y Finlandia). Con todo, es verdad que se celebraron varios referéndums sobre el trazado de fronteras en Europa, por ejemplo, en Schleswig y en el Tirol en 1920. Pero no se celebraron referéndums de independencia absoluta y los principales expertos en derecho internacional en general eran escépticos al respecto. L. F. L. Oppenheim, sin duda la mente jurídica internacional más destacada de la época, concluyó: “Es dudoso que la ley de las naciones alguna vez exija la condición que cada cesión se tenga que ratificar con un plebiscito” [12]12 — Mattern, The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, p. 195. .
En el periodo comprendido entre las dos guerras mundiales, solo se celebraron dos referéndums. Uno en 1933, sobre si Australia Occidental se tenía que separar de Australia, y otro en 1935, sobre si Filipinas debía independizarse de los Estados Unidos. En el primero, una mayoría votó por la independencia, pero como el Partido Nacional, que hizo campaña por la secesión, perdió las elecciones celebradas el mismo día, la iniciativa no prosperó.
En el caso de Filipinas, se celebró con éxito un referéndum sobre una nueva constitución independentista después de que el Congreso de este país rechazara la ley Hare-Hawes-Cutting del Congreso de los Estados Unidos, que otorgaba la independencia para la antigua colonia. Sin embargo, no fue hasta después de la Segunda Guerra Mundial que los referéndums empezaron a celebrarse de manera frecuente, cuando algunas regiones se separaron de sus estados originarios. De los más de sesenta referéndums de independencia celebrados desde 1860, 54 se han llevado a cabo después de 1944. Pero la gran mayoría, 41 en total, se celebraron después de 1990. Cómo se muestra en la tabla 1, solo hubo 13 referéndums de independencia en las cuatro décadas posteriores a la Segunda Guerra Mundial.
Tabla 1. Referéndums de secesión 1944 – 1980
País originario | País secesionante | Año del referéndum | Participación | Porcentaje del “sí” |
Dinamarca | Islandia | 1944 | 98% | 99% |
China | Mongolia | 1945 | 98% | 64% |
Dinamarca | Islas Feroe | 1946 | 50% | 64% |
Reino Unido | Terranova | 1948 | 52% | 88% |
Francia | Camboya | 1955 | 100% | – |
Francia | Guinea | 1958 | 97% | 95% |
Nueva Zelanda | Samoa Occidental | 1961 | 86% | 77% |
Fed. Índ. Occ. | Jamaica | 1961 | 46% | 60% |
Francia | Argelia | 1962 | 99% | 75% |
Malasia | Singapur | 1962 | 71% | 90% |
Reino Unido | Malta | 1964 | 50% | 80% |
Estados Unidos | Micronesia | 1975 | 52% | 59% |
Canadá | Quebec | 1980 | 85% | 41% |
Fuente: www.c2d.ch (consultado el 2 de octubre del 2020)
Quizás podríamos sospechar que estos referéndums se enmarcaban en el proceso de descolonización; que los movimientos independentistas buscaban la aprobación popular de una libertad recientemente ganada o concedida. No fue así. Las élites que lucharon y ganaron la independencia no estaban, en la mayoría de los casos, dispuestas a arriesgar las victorias políticas obtenidas en negociaciones o guerras sometiendo las declaraciones de independencia a un electorado imprevisible. De hecho, las únicas colonias que sometieron a referéndum las declaraciones de independencia fueron Camboya, Samoa Occidental y Guinea. En los dos primeros casos, las votaciones se celebraron a instancia de los estados originarios, que querían demostrar que el abandono de los territorios tenía apoyo popular.
El referéndum de Guinea fue un poco diferente. Celebrado el mismo día en el que tuvieron lugar once referéndums más en otras colonias francesas, para decidir si querían parte o no de la recién creada Communauté française, fundada por Charles de Gaulle, los guineanos, liderados por el líder independentista Ahmed Sékou Touré, desafiaron a París y votaron por independizarse [13]13 — Pauthier, C. (2013). “L’héritage controversé de Sékou Touré, ‘héros’ de l’indépendance”. Vingtième Siècle. Revue d’histoire, (2), p. 31-44. . El 95% votó a favor de la independencia. Francia tomó represalias retirándoles toda la ayuda. Aun así, en dos años, Mali, Níger, Alto Volta (actual Burkina Faso), Costa de Marfil, Chad, la República Centroafricana, la República del Congo y Gabón se convirtieron en estados independientes.
En todos los territorios se obtuvieron enormes mayorías para mantener vínculos con Francia en el referéndum de 1958, pero ninguno de los nuevos estados consultó a los votantes la decisión de independizarse. Era casi como si los referéndums de independencia fueran anatemas para los movimientos independentistas.
Las razones para celebrar referéndums después de la Segunda Guerra Mundial eran diversas. En el caso de Mongolia, la votación se celebró por motivos geopolíticos a instigación de Stalin; la votación en Argelia se celebró después de una larga guerra de independencia y negociaciones. En general, es difícil encontrar un patrón común a los referéndums que se celebraron después de la Segunda Guerra Mundial.
En los años setenta solo hubo un referéndum de independencia: la decisión del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico de independizarse de los EE. UU. con el nombre de Estados Federados de Micronesia en 1975. En los años ochenta hubo una escasez de plebiscitos de este tipo. El único que se celebró fue la votación de 1980 en la provincia francófona de Quebec, en Canadá, en la cual el 59% de los votantes, con una participación del 85%, rechazó la propuesta del secesionista Parti Québécois por la “asociación de soberanía”: una descripción encubierta para la independencia.
En muchos casos, el referéndum fue un tipo de manifestación nacional simbólica de una libertad acabada de conquistar. Votando en un referéndum de independencia, a menudo casi por unanimidad, el nuevo estado convertía el plebiscito en una representación simbólica de la propia nación
Solo después de la caída del comunismo en 1989 y del colapso de la Unión Soviética en 1991 se produjo una serie de referéndums de independencia en cadena. De nuevo, parece que las razones fueron diversas. En muchos casos se celebraron referéndums porque la comunidad internacional, especialmente las principales potencias europeas, insistió a hacerlos y así poder reconocer los nuevos estados. Sobre todo, el Comité Badinter, creado por las Comunidades Europeas (que pronto se convertirían en UE), destacó que los referéndums eran una condición sine qua non para reconocer nuevos estados. Hay pruebas históricas y circunstanciales que sugieren que fue este requisito lo que provocó que un gran número de estados sucesores celebraran referéndums, especialmente en la antigua Yugoslavia [14]14 — Radan, Peter (2000), “Post-Secession International Borders: A Critical Analysis of the Opinions of Badinter”, Melbourne Law Review, 50, p. 147. .
Pero en muchos casos el referéndum también fue un tipo de manifestación nacional simbólica de una libertad acabada de conquistar. Votando, a menudo casi por unanimidad, en un referéndum de independencia, el nuevo estado convertía el plebiscito en una representación simbólica de la propia nación: una imagen especular del demos y del ethnos fusionados en una unidad indivisible. La observación citada a menudo de Ernest Renan según la cual una “nación es un plebiscito diario” quizás es una definición exacta de lo que fueron estos referéndums [15]15 — Cita de Ernest Renan en “The Daily Plebiscite as Twenty-first-century Reality?”, Ethnopolitics, 14(5), 443-450, p. 443. .
Pero, como ya he argumentado en otros lugares, los referéndums también se celebraron por motivos más prosaicos, en concreto cuando poderes externos e internos amenazaban a la nueva élite y esta quería demostrar que tenía suficiente apoyo popular y legitimidad para gobernar [16]16 — Véase Qvortrup, M. (2014), Referendums and Ethnic Conflict. Pittsburgh: University of Pennsylvania Press. .
Por supuesto, no se reconocieron todos los estados y no todos los referéndums se llevaron a cabo de acuerdo con los estándares de voto libre y justo reconocidos internamente. Además de los referéndums celebrados en repúblicas exsoviéticas y yugoslavas, tuvo lugar una proliferación de plebiscitos en territorios subnacionales como, por ejemplo, Abjasia, en Georgia, y Krajina, en Bosnia, donde las minorías intentaron obtener la aprobación para la independencia por parte de estados recientemente declarados independientes, cosa que consiguieron con el apoyo militar de Rusia y Serbia, respectivamente. Sin embargo, ninguno de estos referéndums subnacionales, a pesar de que las mayorías eran numerosas, dio lugar a la creación de nuevos estados reconocidos por la comunidad internacional.
A pesar de que la mayoría de los referéndums se celebraron en antiguos países comunistas, algunas votaciones también se llevaron a cabo en las democracias occidentales. En 1995, los votantes de Quebec volvieron a rechazar la independencia, esta vez por margen muy escaso, como también lo hicieron los votantes de Puerto Rico en un referéndum de opción múltiple en 1993. Y, en 1998, los votantes de Nevis no llegaron al umbral requerido del 66% necesario para separarse de la Federación de Saint Kitts y Nevis.
Curiosamente, los únicos referéndums de independencia que no han salido bien se han celebrado en países con tradiciones democráticas consolidadas, lo que provocó que un académico (y posteriormente político) concluyera que “las secesiones son […] difíciles en las democracias consolidadas” [17]17 — Dion, S. (1996). “Why is secession difficult in well-established democracies? Lessons from Quebec”, British Journal of Political Science, 26 (2), 269-283, p. 269. .
Tabla 2. Referéndums de secesión 1991 – 2020
País originario | País secesionante | Año del referéndum | Participación | Porcentaje del “sí” |
URSS | Lituania | 1991 | 91% | 84% |
URSS | Estonia | 1991 | 77% | 83% |
URSS | Letonia | 1991 | 74% | 88% |
URSS | Georgia | 1991 | 98% | 90% |
URSS | Ucrania | 1991 | 70% | 85% |
Georgia | Osetia del Sur | 1991 | 98% | 90% |
Georgia | Abjasia | 1991 | 99% | 58% |
Yugoslavia | Croacia | 1991 | 98% | 83% |
Croacia | Serbios | 1991 | 98% | 83% |
Yugoslavia | Macedonia | 1991 | 70% | 75% |
URSS | Armenia | 1991 | 95% | 90% |
Bosnia | Serbios | 1991 | 90% | – |
Serbia | Sandjak | 1991 | 96% | 67% |
Serbia | Kosovo | 1991 | 99% | 87% |
URSS | Turkmenistán | 1991 | 94% | 97% |
URSS | Karabaj | 1991 | NC | NC |
URSS | Uzbekistán | 1991 | 98% | 94% |
Macedonia | Albaneses | 1991 | 99% | 93% |
Moldavia | Transnistria | 1991 | 100% | NC |
Yugoslavia | Bosnia | 1992 | 99% | 64% |
Yugoslavia | Montenegro | 1992 | 96% | 44% |
Georgia | Osetia del Sur | 1992 | NC | NC |
Bosnia | Krajina | 1992 | 99% | 64% |
Etiopía | Eritrea | 1993 | 99% | 98% |
Bosnia | Serbios | 1993 | 96% | 92% |
Estados Unidos | Puerto Rico | 1993 | 48% | 73% |
Estados Unidos | Palau | 1993 | 64% | 68% |
Georgia | Abjasia | 1995 | 96% | 52% |
Quebec | Cris | 1995 | 95% | 75% |
Canadá | Quebec | 1995 | 49% | 94% |
Saint Kitts y Nevis | Nevis | 1998 | 57% | 61% |
Estados Unidos | Puerto Rico | 1998 | 50% | 71% |
Indonesia | Timor Oriental | 1999 | 78% | 94% |
Somalia | Somalilandia | 2001 | – | 97% |
Nueva Zelanda | Tokelau | 2006 | – | 95% |
Yugoslavia | Montenegro | 2006 | 55% | 86% |
Sudán del Sur | Sudán del Sur | 2011 | 97% | 98% |
Reino Unido | Escocia | 2014 | 83% | 44% |
Irak | Kurdistán | 2017 | 72% | 92% |
España | Cataluña | 2017 | 43% | 92% |
Francia | Nueva Caledonia | 2018 | 81% | 43% |
Papúa Nueva Guinea | Bougainville | 2019 | 87% | 98% |
Francia | Nueva Caledonia | 2020 | 85% | 46% |
Fuente: www.c2d.ch (consultado el 2 de noviembre del 2020)
Durante este periodo, los referéndums tuvieron diferentes formas y siguieron distintos procedimientos legales. Algunos se celebraron siguiendo una normativa legal acordada, como por ejemplo los de Escocia (2014), Nueva Caledonia (2018) y Bougainville (2019), otros, como el voto en el Kurdistán y en Catalunya (los dos en 2017), eran legalmente hablando ultra vires, es decir, que no se celebraron de acuerdo con los principios legales establecidos y codificados.
Pero, en muchos casos (como por ejemplo Catalunya, Nueva Caledonia y Escocia), la votación se hizo en el marco de una cultura política influida por los precedentes de referéndums anteriores. Así, como veremos más adelante, Catalunya tiene un historial de referéndums en materia territorial que la convierte en un caso único. Lo que fue una novedad en 2017 es que la votación hacía referencia la independencia absoluta, cosa que nunca había sido un objetivo declarado por los catalanes.
El punto de vista jurídico: el referéndum en el derecho internacional y constitucional
Una de las finalidades de las Naciones Unidas, según el artículo primero de la Carta de las Naciones Unidas, es “fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos”. Podría parecer que estas palabras otorgan el derecho de secesión a las naciones, pero como veremos enseguida, no es así cómo lo han interpretado los tribunales internacionales.
Como consecuencia, los referéndums de independencia no constituyen una base sólida del derecho internacional, y menos aún de la jurisprudencia constitucional. Es cierto de que existe un acuerdo general con el hecho que “el requisito crucial para los plebiscitos o referéndums de autodeterminación es la voluntad o el consentimiento político de los países implicados, su convicción de que las poblaciones no tendrían que ser tratadas como simples objetos y peones en el juego, sino que su voto libre tiene que ser la base de concesiones territoriales y de soberanía” [18]18 — Beigbeder, Y. (1994), International Monitoring of Plebiscites, Referenda and National Elections: self-determination and transition to democracy. Dortrecht, Martinus Nijhoff, p. 160. . Pero conseguir que los pueblos en cuestión acudan a las urnas, es decir, que organicen un referéndum, no es sencillo. Para empezar, no se puede simplemente celebrar una votación sobre la autodeterminación.
Para tomar el ejemplo de Escocia, a pesar de que el SNP obtuvo la mayoría de los votos en las elecciones al Parlamento escocés en 2011, el partido era “claramente consciente que sería democráticamente perverso, así como políticamente y legalmente imposible, intentar anular la legitimidad legal de la Ley [de Escocia de 1998] mediante un referéndum extra constitucional” [19]19 — Tierney, S. (2012), Constitutional Referendums: The Theory and Practice of Republican Deliberation. Oxford, Oxford University Press, p. 147. . Esta situación no es tan diferente de la situación en Catalunya, donde el partido regionalista Convergència i Unió y sus aliados ganaron unas elecciones al Parlamento de Catalunya con un compromiso similar en noviembre de 2012, o incluso también lo hizo en elecciones más recientes.
Por lo tanto, la situación en Catalunya refleja patrones de otros lugares. Pero, de alguna manera, fue una situación única por el destacadísimo papel que tuvieron los tribunales. Es cierto que en otros países también destacaron los argumentos legales, sobre todo en Canadá (ver más abajo), pero el hecho de recurrir a los tribunales fue excepcional. ¿Cómo comparar los casos? ¿Hizo lo correcto el gobierno de Madrid al seguir este camino?
En el obiter dicta de un caso sobre la legalidad de la secesión de Kosovo de Yugoslavia, el Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) declaró que “un grupo radicalmente o étnicamente diferente de un estado, incluso si puede calificarse como pueblo con el fin de la autodeterminación, no tiene derecho a una autodeterminación unilateral simplemente porque quiera crear su propio estado independiente” [20]20 — Re Kosovo (2010), opinión consultiva del TIJ, Yusuf, International Law Materials, p.1410. . Para que una entidad celebre un referéndum de independencia, tiene que seguir las normas establecidas. La regla general es que los referéndums se tienen que celebrar de acuerdo con las constituciones existentes (como la disposición del artículo 39 (3) de la constitución etíope) o tras un acuerdo entre la región que busca la secesión y el estado del que forma parte (esto es el que pasó en los casos de Escocia, en 2014, y Sudán del Sur, en 2011).
Siguiendo esta lógica, era ilegal que Catalunya celebrara un referéndum. También es cierto que los catalanes podrían haber afirmado que tenían derecho a celebrar un referéndum porque se les cerraban otras vías. Cómo ha expresado el académico Antonio Cassese:
- Cuando las autoridades centrales de un estado soberano se niegan persistentemente a otorgar derechos de participación a un grupo religioso o racial, ningunean de manera flagrante y sistemática sus derechos fundamentales y les niegan la posibilidad de llegar a un acuerdo pacífico en el marco de la estructura estatal […] un grupo puede separarse, ejerciendo así la forma más radical de autodeterminación externa, una vez esté claro que todos los intentos de autodeterminación interna han fracasado o están destinados a fracasar [21]21 — Cassese, Antonio (1995), Self-Determination of the Peoples: A Legal Reappraisal, Cambridge: Cambridge University Press, p. 119-120. .
En el caso catalán, como hemos visto, Puigdemont no estaba dispuesto a negociar un cambio constitucional. Su oferta de negociación consistía únicamente en un referéndum sobre la independencia [22]22 — Guidi and Casula, “The Europeanization of the Catalan debate”, p. 185.
. Por lo tanto, dado que España es un estado democrático (por ejemplo, tiene una puntuación de 92 en Freedom House), la norma resumida por Cassese difícilmente podría aplicarse a Catalunya. Por lo tanto, ¿fue ilegal el referéndum en la autonomía española? La respuesta es afirmativa.
Los referéndums de independencia no constituyen una base sólida del derecho internacional, y menos aún de la jurisprudencia constitucional. Legalmente, el gobierno de Rajoy estaba en su derecho constitucional para seguir el rumbo que escogió, pero su reacción agravó la situación y no ayudó a resolver el problema
A pesar de que la reacción de Madrid fue dura (y un desastre en cuanto a las relaciones públicas), se produjo dentro de los límites de un estado democrático. Legalmente, el gobierno Rajoy estaba en su derecho constitucional para seguir el rumbo que escogió. Pero también agravó la situación y, hablando como un observador externo, considero que no ayudó a resolver el problema. El gobierno de Madrid fue inflexible. Un poco de paciencia podría haber resuelto el conflicto. El dictamen del Tribunal Supremo de Canadá en el famoso Dictamen relativo a la secesión de Quebec podría haberles servido de inspiración.
Cómo todo el mundo sabe, el tribunal canadiense afirmó que, a pesar de que la “secesión de Quebec de Canadá no se puede conseguir […] unilateralmente”, el referéndum en si no era inconstitucional, sino un mecanismo para medir la disposición de la provincia francófona. Por consiguiente, un referéndum, siempre que tuviera como resultado una “mayoría clara”, “conferiría legitimidad a las iniciativas del gobierno de Quebec” [23]23 — Reenvío relativo a la secesión de Quebec (1998) 161 DLR (4t), p. 385. . Dicho de otro modo, un resultado favorable a la secesión requeriría que el resto de Canadá negociara con la provincia francófona. Huelga decir que esta resolución no se aplica a Catalunya, pero el ejemplo canadiense sugiere que los tribunales de otros países han mostrado una flexibilidad y una apreciación de los matices que favorece los compromisos.
Conclusión: cómo no utilizar un referéndum
Los referéndums remiten tanto al derecho como a la política. Ganar un plebiscito no da a un territorio el derecho a crear un estado independiente. Y, en este sentido, ganar la mayoría en unas elecciones no es suficiente para dar al gobierno el derecho a celebrar un referéndum. Sin embargo, este razonamiento puede llegar a ser anticuado y legalista, especialmente cuando se persigue de forma inflexible y con motivaciones políticas, como podría ser el caso de Mariano Rajoy cuando utilizó la fuerza para impedir el referéndum y empleó la ley para lograr sus objetivos, que (al parecer) eran sobre todo fortalecer su partido político. En el otro lado, hubo una falta de flexibilidad similar. La confrontación convenía políticamente a ambas partes. La palabra crispación, que implica una atmósfera de extrema tensión y agitación, se utiliza a menudo para describir una situación de confrontación política sin compromiso [24]24 — The Economist (2020). “A historian sets out to explain Spain’s tumultuous past”. Artículo publicado en la sección Books & artes, The Economist, el 18 de junio de 2020. Disponible en línea (consultado el 13 de julio de 2020). , una descripción que parece especialmente adecuado en el contexto de Catalunya.
En definitiva, el referéndum de independencia no es de ninguna ayuda para encontrar una solución, si no ha habido negociaciones previas. En este sentido, uno está tentado en citar las observaciones finales de George Orwell en Homenaje a Catalunya: “en estas circunstancias cualquier argumentación es imposible; no se puede llegar al mínimo acuerdo necesario” [25]25 — Orwell, George (2020), Homenaje a Cataluña, Barcelona: editorial DEBOLSILLO. .
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Referencias
1 —Maine, H. S. (1982) [1897], Popular Government, Indianapolis, Liberty Fund, p. 88.
2 —Guidi, M., & Casula, M. (2019), “The Europeanization of the Catalan debate”, en Closa, Carlos, Costanza Margiotta y Giuseppe Martinico (eds.), Between Democracy and Law: The Amorality of Secession, Routledge, p. 173-192, p. 183.
3 —Ibídem.
4 —Mattern, Johannes (1921), The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, Baltimore: Universitat Johns Hopkins, p. 37.
5 —Wambaugh, Sarah (1919), The Doctrine of Self-Determination: A Study of the Theory and Practice of Plebiscites, vol. I, Oxford: Oxford University Press, p. xxiii.
6 —Qvortrup, Matt (2015), “A Brief History of Self-Determination Referendums Before 1920”, Ethnopolitics, vol. 14.5, p. 547-554, p. 549.
7 —Véase Herndon, Ruth Wallis y John E. Murray (2018), “An Economic Interpretation of Rhode Island’s 1788 Referendum on the Constitution”, wn Hall, Joshua, and Marcus Witcher, eds. Public Choice Analyses of American Economic History, vol. 1. Berlin: Springer, p. 117-135.
8 —Mattern, The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, p. 24.
9 —Mattern, The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, p. 118.
10 —Skagestad, OG (2005). Folkeavstemningen 12.-13. novembre 1905: Myter og konsekvenser. Norsk Statsvitenskapeäg Tidsskriß, (3), 274-282.
11 —Stid, DD (1994). “Woodrow Wilson & the Problem of Party Government”, Polity, 26 (4), 553-578.
12 —Mattern, The Employment of the Plebiscite in the Determination of Sovereignty, p. 195.
13 —Pauthier, C. (2013). “L’héritage controversé de Sékou Touré, ‘héros’ de l’indépendance”. Vingtième Siècle. Revue d’histoire, (2), p. 31-44.
14 —Radan, Peter (2000), “Post-Secession International Borders: A Critical Analysis of the Opinions of Badinter”, Melbourne Law Review, 50, p. 147.
15 —Cita de Ernest Renan en “The Daily Plebiscite as Twenty-first-century Reality?”, Ethnopolitics, 14(5), 443-450, p. 443.
16 —Véase Qvortrup, M. (2014), Referendums and Ethnic Conflict. Pittsburgh: University of Pennsylvania Press.
17 —Dion, S. (1996). “Why is secession difficult in well-established democracies? Lessons from Quebec”, British Journal of Political Science, 26 (2), 269-283, p. 269.
18 —Beigbeder, Y. (1994), International Monitoring of Plebiscites, Referenda and National Elections: self-determination and transition to democracy. Dortrecht, Martinus Nijhoff, p. 160.
19 —Tierney, S. (2012), Constitutional Referendums: The Theory and Practice of Republican Deliberation. Oxford, Oxford University Press, p. 147.
20 —Re Kosovo (2010), opinión consultiva del TIJ, Yusuf, International Law Materials, p.1410.
21 —Cassese, Antonio (1995), Self-Determination of the Peoples: A Legal Reappraisal, Cambridge: Cambridge University Press, p. 119-120.
22 —Guidi and Casula, “The Europeanization of the Catalan debate”, p. 185.
23 —Reenvío relativo a la secesión de Quebec (1998) 161 DLR (4t), p. 385.
24 —The Economist (2020). “A historian sets out to explain Spain’s tumultuous past”. Artículo publicado en la sección Books & artes, The Economist, el 18 de junio de 2020. Disponible en línea (consultado el 13 de julio de 2020).
25 —Orwell, George (2020), Homenaje a Cataluña, Barcelona: editorial DEBOLSILLO.

Matt Qvortrup
Matt Qvortrup és professor de Ciències Polítiques Aplicades i Relacions Internacionals a la Universitat de Coventry, al Regne Unit. Autor del llibre Angela Merkel: Europe's Most Influential Leader (2016), és expert en enginyeria constitucional comparada, política europea i democràcia directa. Durant el període 2009-2010, va treballar com a membre de l’equip enviat especial del president Obama a l’Àfrica. Té un Màster en Humanitats i un doctorat per la Universitat d’Oxford, i va ser assessor especialitzat a la Comissió d’Administració Pública i Assumptes Constitucionals de la Cambra dels Comuns. L'any 2013 va ser guardonat amb el PSA Prize per les seves investigacions sobre terrorisme i ciències polítiques. Abans de la seva carrera com a acadèmic, va exercir de cap de la secció de delinqüència d'armes al Ministeri de l'Interior britànic i d'assessor especial del ministre de l'Interior. Col·labora regularment a la BBC, a Bloomberg i a la revista Philosophy Now.